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Desempleados

sábado, 9 de febrero de 2013




Contenido de la prestación por desempleo por desempleo:


  • El abono, por el Servicio Público de Empleo Estatal o ISM para los trabajadores del mar, de la cotización a la Seguridad Social, durante la percepción de la prestación por desempleo del 100 por 100 de la aportación empresarial. En los supuestos de trabajadores del Régimen Especial Agrario, el Servicio Público de Empleo Estatal asume el coste del 73,5 por 100 de la cuota, abonando su importe al trabajador, quien tiene la obligación de ingresar a la Tesorería de la Seguridad Social el importe total de la cuota.
  • Las cotizaciones se efectúan por las contingencias comunes de la Seguridad Social (jubilación, invalidez permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, protección a la familia, asistencia sanitaria y farmacéutica). La base de cotización para prestaciones por desempleo, será la misma base reguladora de la prestación por desempleo, determinada según lo establecido en el art. 211 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con respeto, en todo caso, del importe de la base mínima por contingencias comunes prevista para cad categoría profesional (ver el apartado de «Cuantía»).
  • En los supuestos de percepción de prestaciones por desempleo por reducción de jornada o suspensión de contrato motivada por decisiones del empresario al amparo del artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes como por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales será el promedio de las bases de los últimos seis meses de ocupación cotizada por tales conceptos anteriores a la situación legal de desempleo o el momento en que cesó la obligación de cotizar, siendo en el caso de desempleo total el epígrafe 126 de la tarifa de primas, cualquiera que fuese la categoría profesional y la actividad del trabajador.
  • El abono corresponderá: la aportación empresarial a la empresa y la del trabajador a la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o ISM) que descontará del importe de la prestación la cotización a cargo del trabajador.
  • La reanudación de la prestación por desempleo en los supuestos de suspensión del derecho supondrá la reanudación de la obligación de cotizar por la base de cotización correspondiente al momento del nacimiento del derecho.
  • Desde el 1/1/2009 el Servicio Público de Empleo Estatal no ingresa las cotizaciones por asistencia sanitaria ni protección a la familia para los beneficiarios de los subsidios y de la Renta Activa de Inserción, sin perjuicio de que esos beneficiarios mantengan el derecho a percibir protección por dichas contingencias.
  • No obstante, el SEPE mantiene la cotización por jubilación que viene efectuando para los beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de 55 años y para los fijos discontinuos mayores de 55 años, y a los menores de 55 durante 60 días, hubieran cotizado más de 180 días.



Modalidades de contratos de trabajo



Pasaremos a explicar las diferentes modalidades de contrato de trabajo ( enfoque temporal)

  • Contratos indefinidos.
  • Contratos temporales
  1. Estructurales.
  2. Coyunturales.
  3. Formativos.
  • Contratos a tiempo parcial.
  • Teletrabajo.

Ética en la empresa













En el mundo empresarial hay un hecho sociológico relativamente nuevo: la preocupación por las cuestiones éticas, que se traduce frecuentemente en la elaboración de códigos éticos particulares para cada empresa.

         No se trata de normativas legales ni de preceptos religiosos, sino de un tipo de normas específicas: las obligaciones morales

         En los años ochenta se despertó un sorprendente interés por la ética en ambientes empresariales. Sorprendentes por su novedad y por su fuerza. En los noventa, la ética empresarial era ya una moda. A día de hoy podríamos decir que ha sido una rotunda catástrofe.

         No obstante, sería un error suponer que hasta ahora la ética ha estado ausente en la vida empresarial y, en general, en la vida económica. Conviene recordar que Adam Smith- el denominado padre de la economía moderna- no sólo fue  fue catedrático de Filosofía Moral en la Universidad de Glasgow, sino que durante mucho tiempo, se consideró a la economía una rama de la ética. Igualmente, todas las enseñanzas de Marx sobre economía están llenas de referencias éticas en favor de la libertad y dignidad de los trabajadores.  

         La introducción de códigos éticos en la empresa ha tratado de unificar de alguna manera la diversidad de creencias entre las personas de la misma empresa. En este sentido los códigos éticos no son más que un aspecto de la cultura de la empresa; es decir, la diversidad de creencias exige encontrar un mínimo de unidad cultural entre quienes trabajan en la misma empresa.

          En cualquier empresa existen un conjunto de normas que determinan el trabajo de unos y de otros. Desde el horario y la distribución de vacaciones, hasta el sistema de ascensos o la selección de nuevos trabajadores. Muchas de estas cuestiones están elaboradas por escrito y otras lo están por usos y costumbres. Algunas de estas normas obligan por las leyes del Estado, mientras que otras pertenecen sólo al régimen interno de la empresa.

         La cultura de una empresa supone normalmente como tesis indiscutible la obtención de beneficios. Por consiguiente, las normas de conducta que rigen en cualquier empresa giran en torno a la optimización de beneficios. Cada empresa busca ganancias con un estilo propio, con una cultura peculiar.: diferente organización del trabajo, diversas estrategias de dirección, etc.

         Pero la cultura de una empresa no se reduce a un modo especifico de ganar dinero. Los códigos éticos también forman parte de la cultura de la empresa. Dicho de otra manera, los beneficios que busca la empresa  no son sólo económicos. Obtener beneficios supone también conseguir mayor bienestar en el propio trabajo, relaciones laborales más cordiales, más libertad y creatividad en el desempeño del trabajo, mas tiempo disponible para la familia y el ocio, etc. también eso son beneficios, aunque no consten en la cuenta de resultados.

         Es decir, el código ético se ocupa no tanto del modo especifico de gestionar la empresa para la obtención de beneficios económicos, sino de como obtener en general todo tipo de beneficios. En consecuencia, el código ético forma el núcleo central de la cultura de la empresa, porque establece un contexto más amplio en el que buscar los beneficios económicos.
 
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